Lugar de Encuentro de lo sagrado y lo profano

El nuevo acuerdo de financiación de la Iglesia

23-Septiembre-2006    Atrio

Al anunciar los nuevos presupuestos el Gobierno de España ha tenido que hacer público el acuerdo al que ha llegado con la Conferencia episcopal sobre el modelo de financiación . Posteriormente, en la tarde de ayer, la Oficina de Información del episcopado emitió una Nota de Prensa confirmando los puntos del acuerdo, sin hacer ningún comentario.

Este acuerdo va ciertamente a distender el clima de crispación que se había instalado entre la Iglesia y el Estado. Distensión ya iniciada al principio del verano con la discreción del papa en su viaje a España y con el nombramiento del gallego Vázquez para embajador en la Santa Sede. Aunque nos tememos que algún cardenal seguirá diciendo que la Iglesia en España está sufriendo la más dura persecución de su historia.
Pero es un acuerdo que va a dejar muy insatisfechos a muchos sectores no católicos y también a católicos que quieren una Iglesia que se autofinancie con los recursos donados por sus fieles directamente, sin fórmula alguna que tenga que entrar en los presupuestos general del estado con carácter de privilegio y no con carácter general.

Recordamos lo necesario para situar el nuevo acuerdo.

1. Este acuerdo se sitúa en el marco de los Acuerdos entre la Iglesia y el Estado español, firmados en enero de 1979, recién estrenada la nueva constitución y sustituyendo al Concordato del 53. El texto del acuerdo está publicado en ATRIO, resaltando el artículo II, 2 donde se prevé un procedimiento de asignación tributaria, sin concretar. Con mucho retraso (tenía que haber sido en 1982), en 1987 se implantó el sistema conocido de la cruz en la declaración de la renta, fijándose el porcentaje en el 0,52 %. Pero como el número de contribuyentes que ponían la cruz fue menor de lo previsto y fue bajando progresivamente, para que la iglesia no rebajase sus ingresos, el “compasivo” gobierno socialista de Felipe González se comprometió a completar lo ingresado por asignación tributaria con otra cantidad de asignación presupuestaria (directamente del presupuesto, no derivada de la voluntad expresada en las declaraciones) para que los ingresos subieran cada año según el IPC. Este último complemento es el que ahora se quita, pero subiendo considerablemente el porcentaje del 0,52 al 0,7 (¡Un 35% de aumento por este concepto!). Claro que ahora dependen sólo de las declaraciones de hacienda y además tendrán que comprar y vender todo con IVA, un impuesto que no fue previsto en 1979 y el que, por extensión de otras exenciones, se consideraba exenta la Iglesia. Algo más se ha aclarado la cosa, con gran generosidad -¿excesiva?- por parte del “perseguidor” gobierno de Zapatero…

2. Pero este acuerdo no significa la autofinanciación allí prometida. En absoluto. Este es aún un régimen concordatario y de privilegio. Cuando en los acuerdos de 1979, (II, 5) “La Iglesia católica declara su propósito de lograr por sí misma los recursos suficientes para la atención de sus necesidades” -¡aunque no pone fecha para ello y hoy ya nadie piensa desgraciadamente en este “buen propósito”!- se supone que se acabaría este régimen concordado de asignación tributaria y quedaría too en otras asignaciones presupuestarias con carácter general como hoy ya tiene para enseñanza, sanidad, patrimonio artístico, obras sociales… Eso sería la autofinanciación. La que muchos proponíamos ya en 1979. Incluso obispos de entonces en diócesis pobres, como Mons. Osés. Permítanme autocitarme en la conclusión de un artículo que escribí en 1979 en Iglesia Viva, comentando el acuerdo económico: “Al no señalar un calendario fijo para la autofinanciación, no sólo se manifiesta la no voluntad decidida de llegar a ella, sino que se vuelve imposible. Sencillamente imposible por la densidad de los hechos y el comportamiento económico más cotidiano, que son más fuertes que cualquier ideal por solemnemente manifestado que esté. ¿Qué individuo o familia será capaz de reajustar su presupuesto, reduciendo los gastos o buscando nuevos ingresos, mientras no esté perentoriamente obligado a ello? ¿Cómo se va a poder pedir más aportación responsable de los fieles, mientras sepan que indefinidamente la Iglesia y las parroquias van a disponer de una ayuda estatal que irá subiendo al menos en relación con el aumento del coste de la vida? Seamos serios. Un obispo español de una diócesis rural me decía hace dos años que cuando no llegaba la nómina estatal de los sacerdotes a las 5.000 pesetas había presentado con sinceridad a los fieles el problema y la necesidad de asegurarles un mínimo vital. Respondieron los fieles de forma extraordinaria, a pesar de su pobreza. Pero toda la reorganización económica de la diócesis con participación de seglares se vino abajo cuando se decidió el aumento de la nómina a unas 15.000 pesetas.”

3. El nuevo acuerdo sigue presentando indicios de inconstitucionalidad o falta de equidad al basarse en discriminaciones de privilegio a favor de una determinada institución religiosa. Suponemos que será criticado por los fieles de otras confesiones que se sientan discriminados. ¿Y por qué se mantiene esa diferencia de asignación del 0,7 a quienes quieren que vaya esa parte proporcional a la Iglesia católica y del 0’52 a quienes prefieren que vaya a otras instituciones y programas de carácter social y de cooperación? ¿Acaso ese 0,18 % de diferencia no sigue deduciéndose discriminadamente del monto tributario formado por todo lo que aportan absolutamente todos los contribuyentes?

Y para una información más detallada sobre todo el tema, que supongo que actualizará estos días, sugiero consultar la documentación recogida en esta página, con origen en Granada, sobre FINANCIACIÓN DE LAS IGLESIAS Y PRESUPUESTOS

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